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Delitos de alcoholemia

12 mayo, 2020L&BBlog de abogados en Tenerife

Cuando se habla de alcoholemia, se refiere a un delito que se considera atentar contra la seguridad pública, pues es un constituyente de infracción cuando se conduce bajo los efectos del alcohol o en su defecto embriagado. Además, se pone en riesgo o en peligro así mismo y puede verse también afectado al atentar contra la seguridad de todos los que lo rodean en la carretera mientras conduce.

retrovisor coche

¿Dónde se regula el delito de alcoholemia?

El/los delitos de alcoholemia se encuentran en el título XVII de los delitos contra la seguridad colectiva del Código Penal, pero concretamente se puede observar en el Capítulo IV de los delitos contra la Seguridad Vial, desde el articulo 379 al 385.

La definición básica que integra este delito, el cual contempla lo que es la alcoholemia, se redacta precisamente en el segundo apartado del artículo 379 del Código Penal, donde nos encontramos con que:

“Con las mismas penas será castigado el que condujere un vehículo de motor o ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas. En todo caso será condenado con dichas penas el que condujere con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro.”

¿Qué se debe tener en cuenta de los delitos de alcoholemia?

A este hecho ilícito antes se le conocía como delito contra la Seguridad del Tráfico, pero ahora en la actualidad es un bien jurídico que protege el Código Penal castigando a todo aquel que conduzca bajo los efectos del alcohol.

Se trata de que se protejan los parámetros de seguridad en el ámbito de tráfico rodado, donde no se evita  tanto el riesgo para el bien jurídico, sino que se superen los parámetros  del riesgo. En este caso, la seguridad será apaleada por haber limitado las condiciones esperadas de uso del tráfico. Por lo tanto, estos delitos pueden implicar un riesgo añadido, atacando severamente los bienes jurídicos complementarios, constituyendo así lo que se le conoce como delitos pluriofensivos.

¿Cuándo es que se ejecuta un delito de alcoholemia?

El momento de probar de que existe un delito de alcoholemia, ha dado lugar a dos interpretaciones diferentes, las cuales se les conoce como:

1.- Interpretación Literal o formal:

El delito se produce cuando se detecta cierta tasa de alcohol en el organismo humano, de esta manera el código penal deberá acudir a los límites que han sido impuestos por la legislación administrativa, pues solo se habla de la conducción bajo los efectos de este tipo de sustancia. Sin embargo, es de saberse que la influencia de alcohol en las personas suele ser muy diversa.

  2.- Interpretación Teológica:

Se aplica cuando la detección de alcohol en una determinada cantidad no se considera en ser suficiente, sino que requiere de una comprobación de otra serie de datos de la situación, de esta manera se podrá apreciar si la ingesta de alcohol fue la que originó las consecuencias relacionas con la conducción de la persona.

Para constatar esto, será necesario realizarle una observación del conductor, en caso de haber disminuido sus condiciones de seguridad mientras conducía, para así no producir un accidente, de manera que no se le realizará una prueba de alcoholemia en tasas. Es decir,  las pruebas serán ejecutadas mediante el equilibrio, brillo de los ojos, entre otros.

¿Cuáles son los requisitos necesarios para afirmar que existe un delito de conducción por alcoholemia?

Los requisitos necesarios para afirmar que existe un delito por alcoholemia, son los siguientes:

  • Existencia de una conducción temeraria por parte del conductor.
  • Cuando el conductor pone en peligro la vía por dondeconduce e integridad de las personas.

Según lo establecido en el artículo 380 del Código Penal.

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