Derecho de los abuelos a ver a sus nietos

En multitud de ocasiones, los abuelos forman una parte esencial en la vida de los nietos. El cariño y el respeto que estos desarrollan hacia su figura se caracterizan por perdurar en el tiempo. Sin embargo, hay ocasiones en las que estos lazos familiares no son del todo satisfactorios y pueden desembocar en problemas mayores. Hoy en Lapeña & De Benito abogados vamos a hablar de los derechos que tienen los abuelos, por el simple hecho de serlo.

Los abuelos y sus derechos

Hay muchas situaciones familiares que pueden afectar al mantenimiento del núcleo familiar de una manera estable. Una de ellas son los divorcios. Cuando ambas partes de una pareja deciden poner rumbos distintos a sus vidas, en multitud de ocasiones, los abuelos pueden salir perjudicados por no poder ver a su nieto. Sin embargo, si este es tu caso, no te preocupes, también puedes reclamar tu derecho de manera judicial.

Existen diferentes supuestos en los que los abuelos, por circunstancias de la vida, conviven prácticamente a diario con sus nietos. En multitud de ocasiones, los niños pasan más tiempo con los abuelos que con los padres. Sin embargo, cuando una pareja se separa, se tiende a poner el foco de vista únicamente en los padres, cuando los abuelos también pueden sufrir las consecuencias de esta separación.

Derecho de los abuelos a ver a sus nietos

Es el artículo 160 del Código Civil el que establece que los abuelos tienen derecho a relacionarse con sus nietos. En este código se deja claro que los abuelos tienen la posibilidad de interponer una demanda reclamando un régimen de visitas por el que ver a sus nietos. Será decisión del juez el valorar en cada caso si existe una justa causa para ceder en favor de los abuelos. La justa causa se produce cuando el menor es perjudicado en su desarrollo y salud mental o física por no ver a sus abuelos.

Circunstancias

El juez tendrá en cuenta diferentes aspectos a la hora de decidir si la demanda presentada por los abuelos puede prosperar o no. Sin embargo, entre las pruebas presentadas, tendrá mucho peso el informe que emita el Equipo Psicosocial que está adscrito al juzgado. Estos estimarán cual es el mejor régimen de visita teniendo en cuenta la situación del menor, ya que lo que prima en este tipo de decisiones es el bienestar del menor y no tanto el deseo por parte de los abuelos.

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Sin embargo, en otras casuísticas, no es necesario emitir dicho informe, ya que las partes han podido llegar a un acuerdo previo en el que todo el mundo saliese beneficiado. Además, se tendrá en cuenta el criterio del menor si este supera los 12 años de edad, ya que se considerará que la persona afectada ya tiene una madurez suficiente para poder decidir qué es lo que prevalece.

El régimen de visitas

No podemos hablar de un régimen de visitas preestablecido, ya que cada situación es única y no se puede generalizar. No obstante, este siempre se realizará teniendo en cuenta la edad del menor, la de los abuelos, etc. siempre garantizando el bienestar del nieto.

El régimen de visitas ideal para los abuelos y el menor es de un fin de semana al mes. Se entenderá por fin de semana los días comprendidos de viernes a domingo. Además, dos días en Navidad (no siendo las fechas más señaladas), dos días en semana santa y una semana entera en el periodo vacacional de verano. Cabe destacar que en este régimen de visitas, los nietos no podrán dormir con los abuelos, sino que tendrán que volver a su domicilio habitual.

Recuerda

En Lapeña & De Benito somos abogados de prestigio. Si el tema que hemos tratado en este nuevo artículo se ajusta a una necesidad tuya, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Te ayudaremos en todo lo que esté en nuestra mano.

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