interés superior del menor

¿Qué es el interés superior del menor y cómo influye en los procesos de divorcio?

En España, cada año se registra una tasa de divorcios más elevada y esto afecta tanto a las parejas que se divorcian como a los hijos de las mismas. Por lo tanto, es importante que la legislación establezca medidas destinadas a proteger los derechos de los menores afectados.

En este artículo, desde Abogados de Tenerife hablaremos sobre el interés superior del menor, explicando qué es, qué leyes lo recogen y cómo afecta a los procesos de divorcio.

¿Qué es el interés superior del menor?

El interés superior del menor hace referencia a la protección de la vida y el desarrollo global de los niños, garantizando sus derechos en aquellas cuestiones en las que puedan verse afectados.

Es un concepto que se menciona con mucha frecuencia en lo relativo a la protección de los derechos de los niños, tanto en el derecho internacional como en el derecho propio de cada país.

El interés superior del menor en la legislación nacional e internacional

En el terreno internacional, el interés superior del menor se recoge en la Convención de los Derechos del Niño, concretamente en el artículo 3.1., que dice: “En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a la que se atenderá será el interés superior del niño”.

Asimismo, el Comité de los Derechos del Niño subraya que el interés superior del niño se define en relación con los demás principios generales de la Convención sobre los Derechos del Niño, como la no discriminación, el derecho a la vida, la supervivencia y el desarrollo, y el derecho del niño a ser escuchado.

En la legislación nacional española, la protección de los derechos del menor se recoge en la propia Constitución. El artículo 39 dice en su apartado 2 que “los poderes públicos aseguran, asimismo, la protección integral de los hijos”, en el apartado 3 indica que “los padres deben prestar asistencia de todo orden a los hijos habidos dentro o fuera del matrimonio, durante su minoría de edad y en los demás casos que legalmente proceda”, y concluye en el apartado 4: “Los niños gozarán de la protección prevista en los acuerdos internacionales que velan por sus derechos”.

El interés superior del menor se menciona también en la Ley Orgánica 1/1996 de Protección Jurídica del Menor, que en su artículo 2 detalla que “todo menor tiene derecho a que su interés superior sea valorado y considerado como primordial en todas las acciones y decisiones que le conciernan, tanto en el ámbito público como privado”.

Evaluación y determinación del interés superior del niño

Deben tenerse en cuenta varios elementos cuando está en juego el interés superior del niño:

  • El contexto fáctico particular en cada caso.
  • Los elementos pertinentes para la evaluación del interés superior del niño.
  • La balanza de cada uno de los intereses frente al otro.

A partir de ahí, debe seguirse un procedimiento que asegure las garantías legales y la correcta aplicación de la ley.

La evaluación del interés superior es el proceso de valorar y equilibrar todos los elementos necesarios para tomar una decisión en una situación específica para un niño o grupo de niños concreto.

Las opiniones del niño, la identidad, la preservación del entorno familiar y el mantenimiento de las relaciones, el cuidado, la protección y la seguridad del niño, la situación de vulnerabilidad y el derecho del niño a la salud y la educación son elementos fundamentales para evaluar y determinar el interés superior del niño.

Estos elementos pueden no ser relevantes en todos los casos y pueden variar de un niño a otro y de un contexto a otro, pero el requisito de un equilibrio objetivo al evaluar el interés superior del menor sigue siendo un hecho ineludible.

Además, se deben respetar las siguientes garantías procesales:

  • El derecho del menor a expresar sus opiniones.
  • El establecimiento de los hechos por parte de profesionales capacitados con la experiencia necesaria en un entorno y circunstancias favorables para los niños.
  • La percepción del tiempo, que es diferente en el caso de los niños.
  • La representación letrada adecuada.
  • El razonamiento jurídico, justificación y explicación de todas las decisiones adoptadas.
  • El mecanismo de examen y revisión de dichas decisiones.
  • La evaluación del impacto de la decisión en el disfrute de los derechos del menor.

El interés superior del menor en un proceso de divorcio

En los casos de divorcio con menores implicados, los jueces tendrán que priorizar el interés superior del menor, basándose en la legislación citada anteriormente. Especialmente en lo relativo a los derechos de custodia, el régimen de visitas y el establecimiento de la pensión alimenticia, se actuará siempre primando el bienestar de los menores afectados.

Una de las cuestiones principales de un divorcio suele ser la determinación de los derechos de custodia. Aunque será el juez quien decida acerca de la guarda y custodia de los menores, estos tienen derecho a ser escuchados durante el juicio. Esta medida se aplica, no obstante, en función de la edad y de la madurez.

Sin embargo, la opinión del menor acerca de con qué progenitor quiere vivir no es vinculante en la sentencia. Será el juez quien, tras escuchar al menor y valorar el caso, tome la decisión priorizando el interés superior del menor.

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